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Mujeres no están obligadas a tener relaciones con sus parejas: Corte Suprema

Mucho menos mediante coacción e intimidación, afirmó la Sala de Casación del alto tribunal.

La Corte Suprema de Justicia ratificó una condena de 16 años y 7 meses de prisión contra un hombre que en estado de alicoramiento accedió sexualmente a su esposa sin el consentimiento de esta, mediante coacción y frente a una menor de edad, hija de la pareja.

Los magistrados dejaron en claro que no es cierto que en el matrimonio las relaciones sexuales sean obligatorias,  ni que ese vínculo otorgue un derecho al hombre sobre la sexualidad y libertad de la mujer.

El caso ocurrió en Popayán, Cauca, y data del 2011 hasta 2012, cuando fue denunciado.

La sentencia de primera instancia se dio en 2018 y el procesado fue identificado como Elver Yonni Vivas Idrobo.

La magistrada Myriam Ávila, de la Sala de Casación Penal, aseguró que la ley no tiene en cuenta el viejo término del débito conyugal y que la comunidad internacional ha reconocido ampliamente que los maridos también violan.

De hecho en Colombia desde 1980 desapareció la llamada “inmunidad marital”, que prohíbe la incriminación de la violación dentro del matrimonio.

Además, en el 2000 se consideró como agravante de la violación cuando está conducta se comete contra la pareja.

“La Corte ha señalado que la sexualidad voluntaria como derecho de no ceder a otros el poder para decidir cuándo quiere tener relaciones íntimas, ha sido uno de los fundamentos para la emancipación de la mujer de la dominación patriarcal, para que se sientan y sean tratadas como miembros iguales en la sociedad moderna”, precisa también el fallo de la Corte Suprema.

De acuerdo con las investigaciones, esta conducta ocurrió en múltiples oportunidades, cada vez que el agresor llegaba a casa en estado de embriaguez en horas de la madrugada.

Los magistrados concluyeron que sin el consentimiento de la mujer, y por medios coactivos de carácter psicológico y bajo oposición explícita de la cónyuge, Vivas Idrobo la accedía carnalmente.

 

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